Basa su teoría en documentos supuestamente intervenidos a la organización armada
M.I. | BILBO
El juez Baltasar Garzón mantiene que de las actuaciones realizadas hasta la fecha resulta acreditado que ETA se integra en el MLNV y desarrolla su actividad en diferentes frentes de lucha. Igual que lo hiciera en las resoluciones dictadas tras las operaciones policiales contra varias empresas ligadas a la izquierda abertzale y contra ''Egin'' y Egin Irratia, señala que tres de estos frentes, el político, el obrero y el cultural, se sitúan «aparentemente en el ámbito de la legalidad» y son coordinados, según el juez, por KAS, «plataforma que desarrolla las labores de codirección subordinada con ETA».
El titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional se aferra a la tesis de que cada organización del MLNV mantiene «su 'aparato' de relaciones internacionales» aunque todas esas organizaciones están «subordinadas al Aparato de Relaciones Internacionales de ETA». Es así como relaciona a Xaki, con KAS y con ETA, que para el magistrado son la misma cosa.
En un momento de su extenso auto señala que es ETA quien «constituye y perfila» lo que Garzón llama «Ministerio de Relaciones Exteriores» del «Estado paralelo que preconiza». A su juicio, es ETA la que diseña su estructura, designa y ratifica en su cargo a los responsables, asigna y distribuye las funciones, inicialmente financia y «establece las directrices para las organizaciones del conjunto del MNLV (sic)».
Relaciones «muy fluidas»
Tras lanzar su tesis, Baltasar Garzón elabora sendos organigramas en los que sitúa bajo la dirección y supervisión de ETA a las distintas organizaciones de la izquierda abertzale y a diferentes comisiones u órganos internos que trabajan en el ámbito de las relaciones internacionales.
El juez Garzón trata en su auto de fundamentar las imputaciones y probar su tesis mediante una serie de documentos a los que hace referencia y que mantiene que fueron incautados a Iñaki Herran, cuando fue detenido junto a Josetxo Arizkuren, el 3 de marzo de 1999, y menciona también las declaraciones efectuadas por Mikel Egibar. Afirma que existe un continuo cruce de documentos entre ETA y Xaki señalando que las comunicaciones entre ambas organizaciones «son muy fluidas» y recoge algunos documentos, aunque no menciona quién los dirige a quién.
En el auto se cita a los socios constituyentes de Xaki y se detalla como actividades de esta asociación el control sobre los deportados y refugiados, el propiciar el abandono de los depor- tados de sus lugares de ubicación, el trabajo dirigido a contrarrestar las peticiones de extradición de las autoridades españolas, la deslegitimación del ordenamiento jurídico español. Asimismo relaciona a Xaki con la difusión de la identidad del pueblo vasco en el ámbito internacional, la difusión internacional de los derechos colectivos del pueblo vasco y su negación por los estados español y francés, la difusión de la Alternativa Democrática y «el sostenimiento de militantes de ETA ubicados en otros países a través de labores de intermediación y gestión delegada por ETA». Actividades similares aplica a todos los órganos que trabajan en el ámbito internacional.
A lo largo de los veinticuatro folios del auto, Garzón detalla, en base a documentos supuestamente incautados en detenciones y registros y a los viajes al extranjero, las imputaciones a cada uno de los detenidos. En el caso de Mikel Korta e Iñigo Elkoro mantiene la hipótesis de que viajaron hasta México tras las entregas de cuatro refugiados políticos, para informar el resto de lo que éstos habían declarado ante Policía y juez.
Imprecisiones
Basa el encarcelamiento de todos ellos en la gravedad de los hechos, por el riesgo de reiteración delictiva, por haber sido cometidos «en el seno de una organización terrorista», por el riesgo de que puedan entorpecer la investigación y porque «no es descartable que intenten sustraerse a la acción de la Justicia», cuando varios de ellos se pusieron hace meses a su disposición.
Por ello, considera que los ocho detenidos «deben incluirse en el ámbito de la integración y no en el de la mera colaboración con organización terrorista».
Una constante de este auto de Garzón, como ya a sucedido con el resto de los dictados en el marco de este sumario, son los múltiples errores que contiene, tanto en los apellidos de las personas citadas en el escrito como en los nombres y siglas de organizaciones de la izquierda abertzale. También yerra al citar a EH en unas fechas en las que esta plataforma no se había constituido aún. Además, en uno de los documentos, de mayo del 98, se habla del éxito de la acción armada contra Manuel Zamarreño, que tuvo lugar en junio.
M.I. | BILBO
Los abogados de los detenidos coinciden en señalar que «ningún juez, sea de la Audiencia Nacional o no, puede decidir a su antojo, y en base a conveniencias u oportunidades políticas, en qué momento practica una diligencia, máxime cuando el asunto se lleva instruyendo más de un año. Un juez no puede disponer de un proceso en función de su criterio político».
En este sentido, Jone Goirizelaia, recordó que varios de los detenidos se habían puesto a disposición del juez y en su día se dictó una resolución que decía que no se procedería a tomar medidas con respecto a ellos. Aseguró que «la actuación judicial se ha hecho fuera de perímetros estrictamente jurídicos» y añadió que «la justicia no se puede aplicar con esos criterios ni aunque tenga la aquiescencia de ciertos partidos políticos».
En cuanto al auto judicial, señaló que «está construido en base a unos documentos que se dice que existen, pero no sabemos cómo se han aportado, si estaban en euskara, quién y cómo los ha traducido, y tampoco sabemos si los ordenadores se han abierto con la fe pública del secretario». Censuró que se dé credibilidad a los documentos y no a las declaraciones de los detenidos y recordó que en casos como los GAL Garzón no dictó prisión ni medidas cautelares para los imputados.
Denunció que el secreto de sumario ha afectado sólo a la defensa, ya que los medios de comunicación han ofrecido diariamente información.
Aseguró que Garzón «trata de perseguir el libre ejercicio de la actividad política, porque estas personas han puesto de manifiesto todas las limitaciones que la 'democracia' española tiene y han conseguido importantes resoluciones».
Denunció también que el magistrado está legislando en sus autos, porque «se ha inventado 'la integración en KAS-ETA' como una figura delictiva más».
GARA | MADRID
Txaro Buñuel, Mikel Resa y Joxerra Antxia, detenidos el pasado sábado, abandonaron las cárceles de Soto del Real y Alcalá-Meco en la tarde-noche de ayer, tras depositar sus familias las fianzas que les impuso el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón para eludir la prisión Resa y Antxia dos millones de pesetas cada uno, y un millón Buñuel. Familiares y amigos esperaron desde la mañana en el exterior de las cárceles, desde donde iniciaron la vuelta a Euskal Herria.
Buñuel y Antxia abandonaron la cárcel madrileña de Soto del Real a las 19.45 de la tarde, según informaron a GARA amigos de los detenidos, mientras que Resa, que estaba en la prisión de Alcalá-Meco, lo hizo dos horas más tarde.
Los tres depositaron la fianza ayer por la mañana, por lo que el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional comunicó a las prisiones madrileñas en las que fueron encarcelados que fueran puestos en libertad. Aun así, tuvieron que esperar hasta bien entrada la tarde para que pudieran salir de la cárcel.
Dos mociones en Ordizia
En el Ayuntamiento de Ordizia se aprobaron ayer dos mociones, una presentada por EH y otra por PNV y EA, en la que mostraban la preocupación por la detención y posterior encarcelamiento del vecino de este pueblo Mikel Korta, así como por los otros detenidos.
La solidaridad con los detenidos también tuvo su reflejo en la calle. Cien personas se manifestaron ayer en Ordizia y otras cincuenta se movilizaron en Portugalete en demanda de la libertad de los vecinos de estas localidades Mikel Korta y Gorka Martínez, respectivamente, así como la puesta en libertad de Miriam Campos, Iñigo Elkoro y Sabin del Bado.
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